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Mediante la certificación energética es posible conocer el comportamiento energético de una vivienda o de un local comercial y con ello, disponer de posibilidades para mejorarlo y disminuir los costes del consumo de energía. Dicho de otro modo, para reducir el importe de las facturas de luz, agua y gas.
La responsabilidad de tener un certificado de eficiencia energética recae en el promotor o propietario y es obligatorio tanto para edificios o viviendas existentes (1 de julio de 2013) como para edificios de nueva construcción (1 de noviembre de 2007).
La etiqueta de eficiencia energética se debe incluir, a partir del 1 de junio de 2013, en cualquier oferta, promoción y/o publicidad, dirigida a la venta o arrendamiento de una vivienda o local y es obligatorio ponerla a disposición de los compradores o arrendadores.
Para abaratar costes, lo más recomendable es hacerla coincidir con la Inspección Técnica del Edificio. Y recuerda que, bajo ningún caso, se debe aceptar un certificado de eficiencia energética que no se haya realizado de acuerdo a un estudio cuidadoso de la vivienda.
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