Nombre: M. V.
Provincia/Demarcación: Lérida
Comarca/Zona: Garrigues
Categoría: Reformas y rehabilitación
Tipología: Locales comerciales y oficinas
Me pregunto si estarían dispuesto a realizar un presupuesto de lo siguiente. Se trata de un cambio de local de la actividad de una farmacia en el mismo pueblo que estoy. Es un pueblo pequeño de *** habitantes donde solo hay una farmacia (Castelldans). El local donde me traslado ha sido hace menos de un año un sitio de comida para llevar. Actualmente el local tiene cuarto de baño, zonas separadas por pladur y está dado de alta de la luz exisitendo por tanto una instalación eléctrica independiente. Solo son necesarias una obras menores para poner un despacho de atención al cliente y un laboratorio (en este sentido es un cuarto que ha de tener lo indispensable como una pila con fuente de agua, probetas, pipetas, balanza, etc, aunque no se realizarán fórmulas magistrales). La ley en Cataluña obliga a tener dicho laboratorio pero no obliga a utilizarlo, pues puedes dispensar fórmulas magistrales elaboradas por terceros. El Decreto donde se especifican los requisitos es el Decreto ***/**** sobre traslado de farmacias que envío en el archivo adjunto. Se necesita dos tipos de documentación para legalizar la actividad: una es la que se ha de presentar al ayuntamiento (que expongo más adelante) y otra al colegio de farmacéuticos. Respecto al colegio de farmacéuticos es la que viene explicada en el decreto que comentaba. Solo es necesario enviar un plano del local donde se indiquen los metros cuadrados de una serie de zonas (zona de atención al público, zona de almacenamiento, despacho farmacéutico para atender al paciente y laboratorio). En realidad nos sirve el mismo plano que el que se presentará al Ayuntamiento, solo que en este caso se especificarán en concreto las zonas ya dichas antes. Dicho plano debe ir firmado por el técnico competente (arquitecto, ingeniero superior o técnico). Además se ha de presentar la adquisición legal de local (contrato de alquiler en este caso). Una vez aprobado por la Junta del Colegio (* o * meses) se puede proceder a la apertura del local, comunicando a la Inspección de Farmacia de Lleida la fecha de dicha apertura. La Inspección de farmacia comprobará sobre plano las dependencias de la farmacia procediendo en su caso a la aprobación de la apertura. Respecto al Ayuntamiento ya envié la pertinente consulta respondiéndome a esta cuestión la técnico: En relació amb aquest consulta, es tracta d?una comunicació d?inici d?activitat. La documentació que cal presentar, és la següent: *- Document tècnic o Memòria de l'activitat, descriptiva i justificativa del compliment de la normativa urbanística i sectorial (compliment dels requisits mínims exigibles d?accessibilitat i supressió de barreres arquitectòniques, compliment dels requisits mínims de seguretat en cas d?incendi, etc), redactada per tècnic competent. *- Certificat de Solidesa de l?edifici, signat i visat per tècnic competent. *- L'Informe favorable del Departament de
por S.
por r.
por P. S.