El blog de los arquitectos técnicos

2 AÑOS PARA GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD A LOS EDIFICIOS EXISTENTES

Notícias 12/01/2016 14:00:26

 

 

El pasado 3 de diciembre en el Real Decreto Legislativo 1/2013 concretó que el 4 de diciembre de 2017 se fija como fecha límite para llevar a cabo las obras necesarias que garanticen que las personas con discapacidad puedan acceder a todos los espacios comunes de los edificios existentes.

Se trata de la aprobación del texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que determina que en el plazo de dos años, "el Gobierno debe aprobar unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, para el acceso y la utilización de bienes y servicios a disposición del público para las personas con discapacidad ".

Esta normativa exige mejorar el acceso de las personas con discapacidad en todas las zonas comunes de la vivienda, lo que supondrá un esfuerzo económico a los propietarios, pero sin implicar una carga desproporcionada. Asimismo, la normativa también impone un límite en el pago de la eliminación de las barreras arquitectónicas: 12 mensualidades de los gastos de la comunidad. En los casos que no se pueda asumir el coste de las obras, se podrá admitir para determinados usos, soluciones alternativas que permitan la máxima accesibilidad posible.

Por lo que la ejecución de las obras, se llevará a cabo de manera diligente, así pues se establece un plazo de un año si se trata de obras menores y de dos años si se trata de obras más grandes, desde la fecha de notificación del acuerdo de la comunidad de propietarios. Plazo que se podrá ampliar si el coste que suponen las obras superan el 33% de los ingresos de la unidad familiar. Además, los ingresos familiares deberán estar por debajo de 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña o el índice que lo sustituya.

La no ejecución de las obras necesarias podría suponer una sanción a la comunidad de propietarios, que figuran como responsables de cumplir con las condiciones de accesibilidad.

Contacta con un aparejador colegiado a través del apartado "Directorio" de este sitio web, él le asesorará sobre cuál es la mejor solución constructiva para garantizar la accesibilidad a su edificio.

 

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