Del 27 de abril hasta el 31 de diciembre de 2022 permanecerá abierta la primera fase de solicitud de las ayudas a la rehabilitación de edificios, las conocidas como Fondos Next Generation Europe.
Se trata de unas ayudas asociadas a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de uso primordialmente residencial. Esto no significa que las obras de conservación, de mejora de la accesibilidad o de la seguridad, queden excluidas. Serán subvencionables, pero siempre y cuando a su vez, se mejore el edificio, las instalaciones o se implanten sistemas de generación fotovoltaica.
Se trata de una inversión muy importante, una declaración de intenciones hacia la reducción del consumo de energía del parque de edificios residenciales, que se topa con la tendencia que hasta ahora habíamos visto en las comunidades de propietarios. Instalar un ascensor o rehabilitar la fachada, por ejemplo, habían sido hasta ahora prioridades mucho más importantes que mejorar el comportamiento térmico de las fachadas.
Gran parte de los edificios con más de 30 años presentan déficits importantes en la envolvente térmica. Aproximadamente, un 80% del parque de edificios es susceptible de rehabilitarse con criterios de eficiencia energética. Si tu edificio se construyó antes de la década de los ochenta, muy probablemente se construyó sin ningún tipo de aislamiento térmico adicional al cierre de ladrillo.
La rehabilitación con criterios de eficiencia energética de nuestra vivienda nos proporcionará un mayor confort, salubridad y reduciremos el consumo de energía, mejorando de forma significativa las prestaciones de nuestra vivienda.
Desde un punto de vista exclusivamente económico, mejorar las características térmicas de un edificio supone una reducción, en muchos casos, de hasta un 80% del gasto que le destinamos a energía. La rehabilitación energética a su vez repercute considerablemente en las condiciones de habitabilidad y salubridad de las viviendas. Cuando intervenimos en la envolvente del edificio conseguimos mantener una temperatura interior mucho más estable, sin saltos térmicos, se eliminan las humedades interiores producidas por la falta de aislamiento térmico y paralelamente mejoramos el aislamiento acústico.
El marco legal que regula estas ayudas ‘Next Generation’ a la rehabilitación, procedentes de la Unión Europea, ya está disponible. La aprobación del Real Decreto 853/2021 nos proporciona una excelente oportunidad para acceder a las ayudas, siendo su entrada en funcionamiento un primer paso en la mejora de la eficiencia energética de los edificios existentes y de uso residencial.
Se establecen seis programas de ayudas que se dirigen a diferentes ámbitos, siendo algunos de ellos complementarios. El Real Decreto define las actuaciones y costes subvencionables, las cuantías de las ayudas y el procedimiento de concesión.
Los principales programas de ayudas son:
Está dirigido específicamente a edificios o viviendas unifamiliares, que estén destinadas principalmente a uso residencial. También incluye segundas residencias.
Pueden optar a la subvención las obras de rehabilitación energética de los edificios, también las que supongan una mejora de la accesibilidad, de la conservación o de la seguridad de utilización, pero siempre que se alcance al menos una reducción del 30% en el consumo de energía.
El programa viviendas afecta a viviendas unifamiliares o viviendas dentro de un edificio, siendo complementario al programa edificios, siempre y cuando no haya una doble subvención por una misma actuación.
En este caso, la vivienda para la que se tramiten las ayudas de este programa debe ser residencia habitual del propietario, usufructuario, o arrendatario del solicitante y receptor de la ayuda.
Se trata de un programa no dirigido a obras. Se subvenciona la creación del Libro del Edificio existente y los proyectos de rehabilitación.
En este programa se quiere impulsar la creación del Libro del Edificio existente, de forma que se disponga de una recopilación de información básica del edificio que permita su conocimiento y conservación. Entre la documentación diversa se encuentra el Certificado de Eficiencia Energética o las instrucciones de uso y mantenimiento. También se incorpora un diagnóstico del edificio, y un plan de actuaciones de renovación priorizada por fases y valorada. Asimismo entran en este programa la redacción de proyectos de rehabilitación siempre que cumplan las directrices de rehabilitación energética.
Esta ayuda es complementaria a la del programa de edificios o viviendas.
Estas ayudas incorporan la figura del técnico rehabilitador y la oficina rehabilitadora. El primero es una figura de perfil técnico, un arquitecto técnico o arquitecto, que asumirá toda la gestión del proyecto. La oficina rehabilitadora hará un papel de información, verificación y control de los proyectos, con el objetivo de asesorar a las comunidades de propietarios en todo lo relacionado con las ayudas y de poner en contacto a técnicos y comunidades interesadas.
Cada edificio presenta unas particularidades concretas, unas carencias, unos problemas, que es necesario evaluar específicamente. Este estudio, considerar las diferentes posibilidades de inversión y asesorar sobre qué acciones son las más apropiadas en cada caso, es la función que la administración pone en manos del técnico rehabilitador.
La primera acción de las Comunidades de Propietarios o de la propiedad, si desean optar a las subvenciones, es contratar a un arquitecto técnico.
Una vez que dispongan de un técnico rehabilitador, el calendario de acciones sería el siguiente:
Fase inicial:
Una vez otorgada la subvención:
Una vez terminadas las obras:
Una vez comprobados los objetivos:
En cuanto al conjunto de mejoras que podemos incorporar al edificio, existen dos vías esenciales: Mejoras Pasivas y Mejoras Activas.
Conjunto de Medidas Pasivas (CMP) |
CMP1 |
CMP2 |
CMP3 |
CMP4 |
CMP5 |
Fachada principal con aislamiento térmico por el exterior con sistema SATE de 10 cm de grosor |
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Fachada principal y patios con aislamiento térmico por el interior con sistema SATE de 10 cm de grosor |
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Fachada de patios y medianeras con aislamiento exterior con sistema SATE de 10 cm de grosor |
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Medianeras con aislamiento por el exterior con sistema SATE de 10 cm de grosor |
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Cubierta invertida o no invertida, transitable con 8 cm de aislamiento térmico |
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Cubierta con solera de panel sándwich con aislamiento de 10 cm |
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Aislamiento de suelo sanitario accesible con placas de 8 cm de grosor |
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Ventanas con marco con rotura de puente térmico y doble vidrio de baja emisión |
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Supresión de cajas de persianas |
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Conjunto de Medidas Activas (CMA) |
CMA1 |
CMA2 |
CMA3 |
CMA4 |
Caldera colectiva de condensación para calefacción y ACS (1) |
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Caldera de condensación y ACS individual |
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Aerotermia para climatización y producción ACS |
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Bomba de calor de alta eficiencia |
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Ventilación con recuperación de calor |
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Ventilación con recuperación de calor y batería frío/calor |
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Confía el incremento de la eficiencia energética de tu vivienda a un arquitecto técnico y aprovecha la oportunidad que te ofrecen las ayudas europeas Next Generation.
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Después de años de incertidumbre, mucha debilidad y sufrimiento, el sector de la construcción se recupera y vuelve a cifras consideradas como normales. Los datos del año 2021 lo confirman ya que el crecimiento de la actividad profesional de nuestro sector en número de obras destinadas a la construcción de vivienda nueva sube respecto al año anterior. Y, en el caso de las obras de rehabilitación o reforma se llega incluso a superar los datos de antes de la crisis del sector de 2008, consiguiendo unos valores de recuperación ya muy similares a los del inicio de la crisis de la burbuja inmobiliaria.
Rehabilitación: más obras de reforma y rehabilitación que antes de la crisis
La rehabilitación ha soportado muy bien tanto la grave crisis del sector de 2008 como la situación de pandemia por la Covid-19 que vivimos actualmente. La actividad en 2021 ha continuado al alza y el número de obras de rehabilitación ha subido respecto a 2020, ofreciendo unos valores que ya superan a los obtenidos en 2008. Además, las previsiones de una fuerte inversión pública en 2022 hacen prever unos resultados excepcionales el próximo año.
Datos portal web Obras con Garantía
En el portal web 'Obras con Garantía', en 2021, también hemos notado el notable aumento del interés de la población en la búsqueda por Internet de todos aquellos temas y servicios relacionados con el sector de la construcción, con casi 1.000 solicitudes de trabajo recibidas ya sea de obras, reformas o certificados, suponiendo un incremento en el número de peticiones del 12% más, respecto al año 2020.
Actualmente más de 280 profesionales forman parte de OCG y desde su puesta en funcionamiento, en 2015, el portal www.obrascongarantia.com ha recibido más de 3.840 solicitudes de presupuestos y se han enviado casi 9.000 presupuestos. La valoración media del grado de satisfacción, por parte de los usuarios hacia los colegiados/as y hacia el portal OCG, es de 9.2 sobre 10.
Las 964 solicitudes realizadas durante este último año, consolidan las peticiones de presupuestos en la plataforma, aunque no se han recuperado los datos de antes de la crisis sanitaria.
Respecto al envío de los presupuestos a los clientes, un aspecto imprescindible para el buen funcionamiento del servicio de ‘Obras con Garantía’, también se ha mejorado. En 2021 se han enviado, por parte de los arquitectos técnicos colegiados que forman parte de la plataforma ‘Obras con Garantía’, más de 2.300 presupuestos de honorarios, más del 80% de los solicitados. Representando un incremento del 16% más que en 2020.
El portal www.obrascongarantia.com, este año 2021, ha consolidado su tendencia al alza, como servicio a los ciudadanos, experimentando un crecimiento del 12% en solicitudes recibidas, y de un 16% en relación a los presupuestos que los distintos arquitectos técnicos colegiados han enviado desde la plataforma a los interesados.
En 2021, de media entre los 3 Colegios profesionales de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación que conforman 'Obras con Garantía' (Mallorca, Zaragoza y Tarragona), casi el 40% de peticiones de trabajos han sido por actuaciones de rehabilitación.
Las peticiones de obra nueva rondan el 25% y son cada vez más significativas dentro de las peticiones recibidas en OCG.
Por otra parte, las peticiones de certificados e informes siguen siendo uno de los tipos de trabajo más solicitados en el portal, representando el 36% de peticiones sobre el total.
Previsiones a corto y medio plazo
Las tendencias marcadas por el reciente informe de Euroconstruct, formado por 15 agencias europeas especialistas en construcción, prevén una subida derivada de la aplicación de los fondos europeos Next Generation, traducida en una mejora de los datos de 2018 en más del 15%.
Ésta se producirá tanto en la nueva construcción, por su crecimiento natural, como aún más en la rehabilitación por el empuje de dichos fondos, con un especial enfoque en la rehabilitación energética y su estela de visualizar la necesaria puesta al día de nuestros hogares, que apunta a unos crecimientos de hasta el 20% respecto a 2018.
Los arquitectos técnicos son los técnicos que garantizan la ejecución de un buen trabajo profesional.
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Dentro de los fondos de recuperación en respuesta a la pandemia, la Unión Europea ha puesto en marcha la estrategia ‘Renovation Wave’ para duplicar la tasa de rehabilitación de aquí a 2030 y asegurarse de que la renovación del parque de viviendas conlleve una mayor eficiencia energética y de recursos.
Como respuesta a la pandemia, la Unión Europea ha puesto en marcha unos fondos de recuperación que, además de ser un hito en sí mismos por la respuesta conjunta a un desafío de esta magnitud, van a contribuir de una forma decisiva a la recuperación económica de la zona euro y también constituyen un revulsivo para la mejora de competitividad de muchos sectores de la economía europea. La Unión Europea quiere que estas ayudas vengan a potenciar sectores que se consideran estratégicos de acuerdo a la visión de la Europa del futuro. Para ello, los esfuerzos se dirigen principalmente a la sostenibilidad, la digitalización e innovación y la industrialización de ámbitos de la economía concretos.
La estrategia Renovation Wave para mejorar la eficiencia de los edificios se enmarca dentro de este plan de ayudas y su objetivo es duplicar, como mínimo, la tasa de rehabilitación en los próximos diez años y asegurarse de que la renovación de viviendas conlleva una mayor eficiencia energética y de recursos. La estrategia mejorará la calidad de vida de las personas que viven y utilizan los edificios, reducirá las emisiones de gases de efecto invernadero en Europa, fomentará la digitalización y mejorará la reutilización y el reciclaje de materiales. Para 2030, se podrían rehabilitar 35 millones de edificios y se podrían crear hasta 160.000 empleos verdes adicionales en el sector de la construcción, según los cálculos de la propia Comisión Europea.
En cuanto al estado de los edificios, estos representan casi el 40% del consumo de energía de la Unión Europea. En España hay 25,5 millones de viviendas de las cuales el 60% no tienen ningún tipo de aislamiento térmico, siendo, por lo tanto, auténticas autopistas de pérdida de calor de los edificios.
Por todo ello, si se quiere lograr el ambicioso objetivo de que la Unión Europea sea también climáticamente neutra en 2050, se deben realizar unos esfuerzos muy potentes en cuanto a la descarbonización del parque actual de edificios, rebajando de un modo muy sustancioso su consumo de energía, a la vez que hay que dotarlos de sistemas renovables de producción de energía. Si se suma a estos condicionantes el hecho de que la rehabilitación es una actividad intensiva en mano de obra, parece lógico que se haya puesto el foco en la rehabilitación de edificios como un destino preferente de los fondos europeos.
En España, tenemos dos instrumentos de fomento de la rehabilitación que son el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y la estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE 2020), que habían trazado una senda creciente de viviendas rehabilitadas en España hasta llegar a la cifra de 300.000 viviendas al año en 2030. Sin embargo, como consecuencia de los fondos de recuperación, este horizonte se adelanta sustancialmente y se prevé que se alcancen estas 300.000 viviendas al año en 2023.
Concretamente, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé invertir en nuestro país 6.820 millones de euros en rehabilitación de viviendas y regeneración urbana en los próximos tres años (2021-2023). La finalidad es aprovechar este momento para revitalizar el parque edificatorio español mediante la rehabilitación para la mejora de la eficiencia energética de los edificios y su constatación como palanca de recuperación económica y creación de empleo.
A la hora de poner en marcha una reforma es muy importante escoger los profesionales que la llevarán a cabo y que nos ayudarán a su planificación.
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Las Comunidades de Propietarios deben conservar y mantener los elementos comunes del inmueble, de forma que cumpla las condiciones estructurales, de habitabilidad, de accesibilidad, de estanqueidad y de seguridad, necesarias o exigibles según la normativa vigente y mantener en correcto funcionamiento los servicios y las instalaciones. Siendo los propietarios quienes deben asumir dichas obras de conservación y reparación necesarias.
En relación a las obligaciones legales de las Comunidades de Propietarios respecto a la mejora de las condiciones de accesibilidad de los edificios existentes, éstas se regulan actualmente, en el caso de las Baleares, por la Ley 8/2017 a Accesibilidad Universal; en Cataluña, mediante la Ley 13/2014, de accesibilidad y el DB SUA del Código Técnico de la Edificación; y en Aragón, a través de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
En Aragón, el régimen de acuerdos en una Comunidad de Propietarios viene regulado por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
Al respecto de las obras de accesibilidad, y de acuerdo al Real Decreto Legislativo 1/2013 y a la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal realizada por la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, la Comunidad de Propietarios de un edificio estará obligada a realizar las obras de accesibilidad, si entran dentro de los parámetros de “ajustes razonables”, sólo con que lo solicite un vecino del inmueble mayor de 70 años o que posea alguna discapacidad.
Además, el RDL 7/2015, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana concreta en su artículo 2 (definiciones), apartado 6 y nos resuelve la incógnita de que se entiende por “ajuste razonable”:
“Las medidas de adecuación de un edificio para facilitar la accesibilidad universal de forma eficaz, segura y práctica, y sin que supongan una carga desproporcionada. Para determinar si una carga es o no proporcionada se tendrán en cuenta los costes de la medida, los efectos discriminatorios que su no adopción podría representar, la estructura y características de la persona o entidad que haya de ponerla en práctica y la posibilidad que tengan aquéllas de obtener financiación oficial o cualquier otra ayuda. Se entenderá que la carga es desproporcionada, en los edificios constituidos en régimen de propiedad horizontal, cuando el coste de las obras repercutido anualmente, y descontando las ayudas públicas a las que se pueda tener derecho, exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.”
El Ministerio de Fomento, según una nota interpretativa emitida al efecto, tiene el criterio inequívoco de que el concepto “coste de las obras repercutido anualmente” es el coste de las obras que cada anualidad debe abonar la propiedad o comunidad de propietarios, es decir que en el caso de obras de accesibilidad financiadas en varios ejercicios se consideran “ajustes razonables” todos aquellas obras o instalaciones de accesibilidad universal cuyo coste en cada uno de los años en los que se pague la obra sea inferior a 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes de la comunidad.
En Baleares se regula a través de la Ley 8/2017 a Accesibilidad Universal.
Para los edificios de viviendas existentes se establece que, las obras y actuaciones que sean necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de los servicios y de las instalaciones comunes, son obligatorias, e incluyen en cualquier caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de accesibilidad universal.
Las obras y actuaciones que sean necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en cualquier caso, las requeridas a instancia de los propietarios de la vivienda o local donde vivan, trabajen o presten servicios personas con discapacidad o personas mayores de setenta años, con el objeto de asegurar un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como instalar rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior.
El acondicionamiento es obligatorio y no requieren acuerdo previo de la Junta de Propietarios, tanto si implican modificaciones del título de constitución o de los estatutos como si no las implican, y sean obligadas por parte de las administraciones públicas o solicitadas a instancia de los propietarios.
Por lo que se refiere a la financiación de las obras y actuaciones de rehabilitación que sean necesarias, aunque sea obligatorio, la comunidad financiará hasta un importe, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, que no supere doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. El resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, será asumido por quien las haya requerido.
En el caso de Cataluña las condiciones legales se establecen en la Ley 13/2014, de accesibilidad y el DB SUA del Código Técnico de la Edificación.
Las zonas comunes de los edificios plurifamiliares en que residen personas con discapacidad, o mayores de setenta años, deben tener las condiciones de accesibilidad adecuadas a sus necesidades de acceso a la vivienda, de comunicación y de interacción con el acceso al edificio, que sean técnicamente posibles. Corresponde a la comunidad de propietarios, o al propietario único del edificio, de llevar a cabo y sufragar las actuaciones y las obras de adecuación necesarias.
La ejecución de las obras se llevará a cabo de una manera diligente con relación al agravio a las personas afectadas, y en todo caso en el plazo de un año, si son obras menores, o de dos años, si son obras mayores, a contar desde la fecha del acuerdo de la comunidad de propietarios o, en su caso, de la fecha de notificación de la resolución administrativa o judicial.
En cuanto al tipo de acuerdo necesario en la comunidad con el fin de aprobarlas, éstas se recogen en la Ley de la Propiedad Horizontal. En el caso de Cataluña, las condiciones se actualizaron en la Ley 5/2015, de modificación del libro quinto del Código Civil de Cataluña, en concreto en el artículo 553-25, 553-30 y 553-44.
El régimen de adopción de acuerdos será el siguiente:
Los acuerdos adoptados por la junta de propietarios son obligatorios y vinculan a todos los propietarios, incluso los disidentes.
Los gastos originados por la supresión de barreras arquitectónicas o la instalación de ascensores y las que sean necesarias para garantizar la accesibilidad y la habitabilidad del edificio, son a cargo de todos los propietarios si derivan de un acuerdo de la junta de propietarios. Si derivan de una decisión judicial conforme al artículo 553-25.5, la autoridad judicial es quien fija el importe en función de los gastos ordinarios comunes de la comunidad de propietarios.
Los propietarios que, sin causa justificada, se opongan a las actuaciones u obras necesarias y exigidas por la autoridad competente o las demoren, responden individualmente de las sanciones que se impongan en vía administrativa.
¿Quieres que te ayudemos?
Confía las mejoras de accesibilidad de tu comunidad a un arquitecto técnico. Nuestros técnicos profesionales te aconsejarán sobre cuáles son las soluciones más adecuadas en cada caso, asegurando una obra sin problemas y con las máximas garantías. Además, al realizar la gestión integral del proyecto, los propietarios no os tendréis que preocupar de nada.
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Dice la sabiduría popular que en abril lluvias mil. Con la llegada de la, habitualmente, época más pluviosa del año debemos preguntarnos si nuestro hogar está preparado para la lluvia y para evitar las goteras y humedades, tan perjudiciales para nuestra salud y la de nuestros edificios.
Las humedades pueden aparecer en el techo, en las paredes, en la fachada o en los suelos. Es decir, puede atacar a cualquier parte de nuestra casa. Normalmente se producen por una falta de mantenimiento en la vivienda y pueden derivar en un auténtico problema estructural que acabará degradando irremediablemente el inmueble.
Si durante los días de lluvia descubrimos la aparición de goteras o humedades debemos actuar con rapidez para detectar el origen del problema y atajar sus consecuencias. Los aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de la edificación más cercanos son los profesionales que te ayudarán a determinar el origen y las causas que están provocando esas desagradables goteras o manchas de humedad. Además, buscarán y te ofrecerán la solución más adecuada en cada caso.
Lo primero que debemos saber es que no todas las humedades son iguales. Existen diferentes tipos. En líneas generales, podemos hablar de humedades por capilaridad, por condensación y por filtración. Éstas son sus características:
Humedad por capilaridad: es la que se produce por contacto directo con el terreno. Se origina, especialmente, en edificios unifamiliares, adosados, …, cuando el terreno en el que se asientan no es capaz de absorber el exceso de agua provocado por las lluvias. Entonces son los muros de nuestro hogar los que la van absorbiendo. Además, se puede producir un desagradable olor a humedad en la casa o desconchones en las paredes. Puede producir un desgaste de los elementos de construcción o situaciones de peligro con la instalación eléctrica. Un buen impermeabilizante entre el suelo y los elementos construidos puede ser una buena solución.
Humedad por condensación: se origina por mal aislamiento de ventanas, paredes o techos. Es especialmente frecuente en baños y cocinas a causa del vapor de agua condensado que provoca mohos o cristales que gotean. En estos casos es fundamental, por ejemplo, una ventilación de la casa diaria y el uso de campanas extractoras mientras se cocina.
Humedad por filtración: aparece cuando se deterioran las ventanas, techos o cubiertas. En este caso el problema puede llegar a ser muy grave ya que el agua penetra directamente en nuestra casa a través de ventanas o de un tejado en mal estado, lo que provoca manchas de humedad, hongos, goteras y hasta inundaciones en sótanos o garajes. En estos casos una buena impermeabilización de los elementos deteriorados es imprescindible si queremos evitar males mayores y una degradación progresiva del inmueble. Existen muchos elementos impermeabilizantes eficaces contra el agua, entre ellos las láminas asfálticas, de PVC o de EPDM, las membranas de poliolefina o de caucho, la poliurea fría o el poliuretano. En estos casos también es fundamental revisar los drenajes de agua, las juntas de dilatación o las posibles fisuras y grietas.
Si detectamos cualquier tipo de humedades es necesario acudir a un técnico que se encargue de estudiar la problemática y que dé soluciones efectivas y duraderas.
Podemos limpiar hongos o intentar hacer desaparecer las manchas con pintura, pero eso no eliminará el problema, sólo lo disimulará y el deterioro seguirá su curso agravando, cada día más, la situación, nuestra salud y la de nuestra casa.
Una revisión anual te ayudará también a mantener tu hogar en condiciones y preparado para hacer frente a las lluvias. Algunas acciones a realizar periódicamente son:
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A la hora de atajar los problemas de humedades y filtraciones en nuestro hogar es muy importante escoger los profesionales que nos ayudarán a elegir los sistemas de aislamiento más adecuados y que llevarán a cabo las reformas pertinentes.
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