El blog de los arquitectos técnicos

Notícias 08/01/2016 14:20:23

 

 

El ITEC ha presentado el informe de invierno de Euroconstruct, que proporciona las previsiones del sector de la construcción en España y Europa 2016.

El sector de la construcción en España ha crecido en 2015 en un + 2,4% y las previsiones apuntan a que seguirá aumentando durante los siguientes años. Según Euroconstruct, el 2016 el dato puede ser más considerable con un + 4,4%, y es posible que a medio plazo la construcción llegue a mantener ritmos de crecimiento más altos que los de la economía. Durante los siguientes años, el sector seguirá con la tendencia de crecimiento contando un aumento de un 4% en 2017 y un 3,3% en 2018.

Acotando por subsectores, la edificación residencial, la no residencial, y la ingeniería civil esperan crecer durante el siguiente año. En cuanto a la edificación residencial, será el sector con una subida más significativa: crecerá un 10% debido a la tendencia del agotamiento del stock de vivienda en lugares puntuales, y al freno al descenso de precios. Además, el crédito reaparece en proyectos de menor riesgo, lo que también afecta a esta propensión de crecimiento. Por otra parte, la edificación no residencial no subirá de forma tan pronunciada pero sí que crecerá un 3,5% después de unos datos negativos en 2015 (-4%).

La ingeniería civil, aunque todavía se encuentra un paso atrás respecto a la vivienda, también espera datos de aumento para el 2016, contando con un + 6%, una cifra que podrá ser alterable en función de la estrategia en infraestructuras y el replanteo de ciertos proyectos que adopte el nuevo gobierno tras las elecciones españolas.

La previsión para el periodo 2016-2018 también apunta un crecimiento en cada subsector en el ámbito español. La vivienda y la edificación no residencial, que cuentan con el incremento más significativo, esperan crecer un 6,3% y un 4,0% respectivamente, mientras que la rehabilitación y la ingeniería civil lo harán más discretamente (3, 0% y 2,5% respectivamente).

Por último, a escala europea, las perspectivas para la construcción también apuntan a un crecimiento del 3% en 2016 y del 2,7% para el 2017.

 

 

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Notícias 12/01/2016 14:00:26

 

 

El pasado 3 de diciembre en el Real Decreto Legislativo 1/2013 concretó que el 4 de diciembre de 2017 se fija como fecha límite para llevar a cabo las obras necesarias que garanticen que las personas con discapacidad puedan acceder a todos los espacios comunes de los edificios existentes.

Se trata de la aprobación del texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que determina que en el plazo de dos años, "el Gobierno debe aprobar unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, para el acceso y la utilización de bienes y servicios a disposición del público para las personas con discapacidad ".

Esta normativa exige mejorar el acceso de las personas con discapacidad en todas las zonas comunes de la vivienda, lo que supondrá un esfuerzo económico a los propietarios, pero sin implicar una carga desproporcionada. Asimismo, la normativa también impone un límite en el pago de la eliminación de las barreras arquitectónicas: 12 mensualidades de los gastos de la comunidad. En los casos que no se pueda asumir el coste de las obras, se podrá admitir para determinados usos, soluciones alternativas que permitan la máxima accesibilidad posible.

Por lo que la ejecución de las obras, se llevará a cabo de manera diligente, así pues se establece un plazo de un año si se trata de obras menores y de dos años si se trata de obras más grandes, desde la fecha de notificación del acuerdo de la comunidad de propietarios. Plazo que se podrá ampliar si el coste que suponen las obras superan el 33% de los ingresos de la unidad familiar. Además, los ingresos familiares deberán estar por debajo de 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña o el índice que lo sustituya.

La no ejecución de las obras necesarias podría suponer una sanción a la comunidad de propietarios, que figuran como responsables de cumplir con las condiciones de accesibilidad.

Contacta con un aparejador colegiado a través del apartado "Directorio" de este sitio web, él le asesorará sobre cuál es la mejor solución constructiva para garantizar la accesibilidad a su edificio.

 

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Notícias 30/11/2015 08:00:00

 

 

Desde mediados de agosto ya está en funcionamiento la nueva ley de simplificación de la actividad administrativa y de impulso de la actividad económica. Abrir un negocio es ahora más fácil para un gran número de actividades de baja afectación medioambiental y que ahora estarán sujetas a declaración responsable.


Se trata entre otros del comercio al por mayor, al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, el alojamiento turísticos, las actividades inmobiliarias y profesionales, y en general, las actividades comerciales de locales con una superficie inferior a 120 m2 o 500 m2 en el caso de actividades profesionales como la edición, publicidad, arquitectura o la compra venta de vehículos.


En estos tipos de negocio, el propietario podrá iniciar la actividad una vez posir en conocimiento de la Administración pública competente el inicio de la actividad mediante la presentación de una declaración responsable en la que tiene que declarar, que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al ejercicio de la actividad, que dispone de un certificado técnico justificativo de cumplirlos y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia del ejercicio de la actividad .


Se trata de un paso más hacia la simplificación administrativa iniciado con el régimen de comunicación previa, que si bien permitía abrir el negocio una vez hecha la comunicación, obligaba al propietario a acompañarla de un proyecto técnico justificativo del cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente y firmado por un técnico competente, y del certificado del técnico competente que sea responsable de la puesta en funcionamiento de la actividad.


Las actividades que superen los límites de 120 m2 o 500 m2, o las que se consideren de ricos medioambiental, continuarán sujetos al régimen de comunicación previa.


Sin embargo, recuerde que tanto la comunicación previa como la declaración responsable, debe contener una manifestación explícita sobre la conformidad de la actividad económica con el régimen urbanístico del suelo, y habilitan de manera inmediata para el ejercicio de la actividad bajo la responsabilidad de su titular, al tiempo que faculta a la Administración para llevar a cabo cualquier actuación de comprobación.
Si necesita un técnico competente para la redacción del proyecto o el certificado técnico, puede solicitar presupuesto o consultar cualquier duda con el colegio de aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de edificación de Tarragona, dentro del apartado obras con garantía.

 

Contacta con un aparejador colegiado mediante el apartado " Directorio " de este sitio web. Hará una inspección técnica y te asesorará sobre los trámites para la apertura de un establecimiento.

 

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